Por Juan Pablo Angelone - Licenciado en Ciencia Política. Universidad Nacional de Rosario. Escritor. Integrante de la Comisión de Derechos Humanos Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales. Por la Memoria, contra la Impunidad. Docente en la misma Facultad.
1.Terrorismo de Estado. Definiciones conceptuales
Podemos definir como terrorismo a toda estrategia consistente en el empleo o la amenaza del empleo de la violencia –casi siempre física- con el propósito de inducir un estado de terror en la/s víctima/s -potencial/es o real/es-, lo que implica por parte de estas últimas un estado de indefensión o de inferioridad en la relación de fuerzas con el agresor/victimario.
Por otra parte, y siguiendo a Hugo Chumbita, podemos definir al terrorismo de Estado como “la utilización sistemática de la violencia del aparato estatal con fines de intimidación a los adversarios o disidentes, afectando a veces a la generalidad de la población (...)” (1). El mismo autor dirá que tanto a nivel del Derecho internacional de los tratados, así como en las legislaciones internas de los estados han sido tipificados varios delitos de terrorismo de Estado, tales como el genocidio; los crímenes contra la paz; de guerra y de lesa humanidad; el apartheid; la tortura y la desaparición forzada de personas. Estos dos últimos han sido acaso los más frecuentemente utilizados por la dictadura militar argentina, entre 1976 y 1983. Pero entendemos que los mismos no deben ser considerados como meros hechos delictivos, sino como resultantes de la aplicación de un proyecto político, social y económico, en el cual jugó un rol sumamente destacado una ideología comúnmente conocida como la Doctrina de la Seguridad Nacional.
2.La Doctrina de la Seguridad Nacional (DSN)
La definición de la Doctrina de la Seguridad Nacional (DSN), requiere reconocer a la misma en el marco de las llamadas doctrinas militares. De allí que hablaremos primero de doctrinas militares para arribar a la explicación de lo que ha sido históricamente la DSN. (2)
Las doctrinas militares constituyen, en esencia, conjuntos de proposiciones no necesariamente escritas, que constituyen un corpus más o menos coherente, orientadoras del accionar institucional de las fuerzas armadas en lo que es la manifiesta función principal de las mismas: hacer la guerra. Las doctrinas militares caracterizan, pues, las modalidades esenciales de la guerra; identifican enemigos específicos; analizan el contexto internacional a fin de detectar aliados y adversarios de acuerdo con las hipótesis de conflicto que se manejan; evalúan calidad y cantidad de los recursos materiales y humanos disponibles en caso de un estallido de hostilidades; etc.
Siguiendo siempre a Ernesto López, diremos que los ejes alrededor de los cuales se estructuran las doctrinas militares son tres:
a) Una concepción general de la guerra.
b) Una concepción de la nación.
c) Una concepción acerca de la relación a establecer entre el ejército y el sistema político.
La DSN como fenómeno histórico concreto, reconoce al menos, dos fuentes principales:
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